El "Hack" legal para dueños de inmuebles
Si recibes ingresos por rentar una casa o departamento en México (Régimen de Arrendamiento), el SAT te obliga a pagar ISR sobre tus ganancias. Para calcular tus ganancias, debes restarle tus gastos a tus ingresos. Sin embargo, para no complicarle la vida a los dueños, la ley ofrece dos caminos: Gastos Comprobados o la Deducción Ciega.
La magia de la Deducción Ciega
En lugar de estar recolectando facturas cada vez que pintas una pared o cambias un foco, el SAT te permite "asumir ciegamente" que el 35% de tus ingresos por rentas fueron gastos. Te otorgan esa deducción de forma automática sin pedirte ni un solo ticket o factura (CFDI).
Aún mejor: la ley dice que, ADEMÁS de regalarte ese 35% de deducción, puedes restar el Impuesto Predial que pagaste por la casa. Esto reduce tu base de impuestos drásticamente sin esfuerzo administrativo.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Solo te conviene usar tus facturas reales si tus gastos superan el 35% de tus rentas. Esto ocurre generalmente en dos escenarios: 1) Si estás pagando una hipoteca sobre la casa que rentas (porque puedes deducir los intereses reales), o 2) Si le hiciste remodelaciones masivas a la propiedad ese año.
Puedes deducir el Predial, gastos de mantenimiento (pintura, impermeabilización), agua, intereses reales de créditos hipotecarios, salarios y cuotas del IMSS de empleados (conserje/limpieza), y primas de seguros del edificio.
No durante el mismo año. Si eliges la Deducción Ciega al hacer tus pagos provisionales en Enero, debes mantenerla durante todo el año fiscal. Puedes cambiar de opción hasta la declaración anual o al inicio del siguiente año calendario.