📂 Justifica tus Gastos de Mejora

Hacienda te permite deducir reformas para pagar menos IRPF. Convierte tus facturas y transferencias bancarias de PDF a Excel para enviárselas a tu gestoría.

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IRPF Ganancias Patrimoniales (España)

Calcula el impuesto a pagar a Hacienda por la venta de inmuebles, acciones o criptomonedas.

Valores de Transmisión (Venta)
Valores de Adquisición (Compra Original)

Hacienda Retendrá (Aprox):

-€0

Tu Ganancia Neta Real:

€0
  • Ganancia Patrimonial Bruta Base €0

*Escala del Ahorro 2024: 19% (hasta 6.000€), 21% (hasta 50.000€), 23% (hasta 200.000€), 27% (hasta 300.000€) y 28% (más de 300.000€).

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Vender y Tributar en España

Cuando vendes un piso, acciones de la bolsa o criptomonedas y ganas dinero, esa "Ganancia Patrimonial" tributa en la Declaración de la Renta (IRPF) dentro de lo que se conoce como la Base Imponible del Ahorro. A diferencia del salario laboral (que tributa en la base general con tipos altísimos de hasta el 47%), las ganancias de capital tienen una escala de impuestos ligeramente más baja y progresiva.

El Truco Legal: Sube tu valor de compra

Hacienda te cobra impuestos sobre la diferencia entre el Valor de Transmisión y el Valor de Adquisición. Para pagar menos impuestos legalmente, debes hacer que tu ganancia parezca más pequeña.

Puedes sumar al precio que pagaste por tu casa todos los gastos de Notaría, Registro, el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) y el coste de las reformas sustanciales. Asimismo, puedes restar del precio de venta actual la comisión que le pagaste a la agencia inmobiliaria (Tecnocasa, Engel & Völkers) y la Plusvalía Municipal.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Tengo que pagar si reinvierto el dinero en otra casa?

Existe la Exención por Reinversión en Vivienda Habitual. Si vendes la casa donde resides normalmente y usas todo ese dinero (en un plazo de 2 años) para comprar una nueva casa que también será tu vivienda habitual, no tendrás que pagar este IRPF.

¿Estoy exento si soy mayor de 65 años?

Sí, es la mayor ventaja del sistema español. Si eres mayor de 65 años y vendes tu VIVIENDA HABITUAL, estás 100% exento de tributar la ganancia patrimonial, sin importar si reinviertes el dinero o no. (Cuidado: si vendes una segunda residencia o un local, sí tendrás que pagar, a menos que uses el dinero para constituir una Renta Vitalicia).