¿Cómo se calcula la Pensión bajo la Ley 73?
El régimen de 1973 es considerado altamente beneficioso porque permite al trabajador obtener una pensión vitalicia financiada por el IMSS, a diferencia de la Ley 97 que depende estrictamente del ahorro acumulado en una Afore individual. Para calcular el monto mensual que recibirás, el IMSS utiliza tres factores principales:
1. Semanas Cotizadas
El requisito de entrada es tener al menos 500 semanas registradas. Sin embargo, el secreto para una pensión alta es cotizar muchas más semanas. Por cada bloque de 52 semanas que exceda de las 500 iniciales, el IMSS te otorga "Incrementos Anuales" que potencian exponencialmente tu dinero.
2. Salario Promedio
El IMSS promedia tu Salario Diario Integrado de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente tus últimos 5 años laborales). Es por esto que muchas personas optan por la "Modalidad 40" en su etapa final: para inyectar dinero voluntariamente y subir artificialmente este promedio antes de jubilarse.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Perteneces al régimen de la Ley 73 si fuiste dado de alta ante el IMSS (empezaste a cotizar con un empleador) en cualquier momento antes del 1 de julio de 1997. Si tu primer empleo formal fue después de esa fecha, te corresponde el régimen de la Ley 97 (Afores).
Debes cumplir tres requisitos principales: 1) Tener mínimo 60 años cumplidos. 2) Tener un mínimo de 500 semanas reconocidas y válidas ante el IMSS. 3) Estar dado de baja del Régimen Obligatorio del IMSS (no estar trabajando formalmente) al momento de iniciar el trámite de jubilación.
La pensión por Cesantía en Edad Avanzada se otorga si te retiras entre los 60 y 64 años. A los 60 años recibes el 75% del monto calculado. Este porcentaje sube 5% cada año (61 años=80%, 62 años=85%, etc.). Si te esperas a cumplir 65 años, recibes la pensión por Vejez al 100%.