La esperada "Prima de Navidad"
Diciembre es un mes de gastos, pero también de ingresos extras. La prima navideña es un respiro financiero, pero su cálculo cambia drásticamente dependiendo de si eres empleado del estado o de una empresa privada.
Sector Público vs Sector Privado
Para los empleados del sector público (Decreto 1045 de 1978), la Prima de Navidad corresponde a un mes completo de salario (y sus factores prestacionales) si trabajaron todo el año (360 días), o su fracción proporcional si trabajaron menos.
Para los empleados del sector privado (Código Sustantivo del Trabajo), lo que se recibe en diciembre es en realidad la segunda cuota de la "Prima de Servicios". Esta corresponde a la mitad de un salario (15 días) y se calcula en base a los 180 días del segundo semestre del año.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Es una prestación social especial que se otorga tradicionalmente en diciembre. Aunque en el sector privado se conoce comúnmente como la segunda cuota de la Prima de Servicios, en el sector público corresponde legalmente a un salario mensual completo por año trabajado.
La normativa laboral colombiana estipula que este pago debe realizarse a más tardar en la primera quincena de diciembre (generalmente el día 15 o a más tardar el 20), para garantizar la liquidez de los empleados durante las festividades.
Se calcula tomando el Salario Base de Cotización (que incluye el sueldo y los auxilios legales de transporte) multiplicándolo por los días trabajados en el periodo evaluado, y dividiéndolo matemáticamente entre 360 días.